martes, 23 de septiembre de 2008

La opinión no necesita pruebas: Relator Especial de las Naciones Unidas para la Libertad de Opinión y Expresión

El guatemalteco Frank La Rue Lewi es, desde el 1 de agosto, Relator Especial de Naciones Unidas para la Libertad de Opinión y Expresión. Fue designado en sustitución del keniano Ambeyi Ligabo, quien cesó en el cargo al concluir su periodo de dos años.

De 56 años, La Rue fue nominado en 2004 al Premio Nobel de Paz por el Centro de Paz de Belfast, Irlanda del Norte. Es columnista del diario Prensa Libre de su país.

Para el Relator de la ONU, “el principio de la libertad de expresión es que no debe haber ninguna censura, ninguna forma de censura”. Los controles “deben ser personales y éticos, deben ser internos, no del Estado, no de mecanismos del Estado”, “autoaplicados”. El Estado, subraya, “únicamente debe garantizar la libertad total de expresión”.

En entrevista en Cartagena de Indias, este mes, con la corresponsal de Inter Press Service Constanza Vieira, La Rue respondió preguntas que competen en el caso contra Alfredo Molano.

Hay una tendencia mundial a descriminalizar la calumnia e injuria y volverla un delito civil.

Sí, y con sanción civil, y a aquietar los delitos de desacato, especialmente contra funcionarios públicos. Este es el balance más complicado. La libertad de expresión no debe tener cortapisas, especialmente en cuanto a la función pública. Uno puede o no calificar el desempeño de un funcionario sin que esto constituya ningún tipo de delito, ni el de desacato ni de calumnia e injuria. Lo importante, y esto es más bien el ámbito ético, que no le corresponde al estado controlarlo, es manejarse con los principios del respeto mutuo. Nadie debe limitar las opiniones de nadie, ni de los medios, pero también los medios deben ejercer un autocontrol en cuanto a la ética de sus planteamientos, en la forma de dirigirse a cualquier persona, a cualquier fenómeno o a cualquier situación.

¿La opinión necesita pruebas, en el caso de los columnistas?

No. En el caso de los columnistas, no. El columnista está expresando su opinión personal y su análisis personal. De hecho, la opinión nunca necesita pruebas. Esa es la diferencia entre ejercer la libertad de opinión y ejercer la verdad de un proceso. Los hechos que uno documenta en un proceso legal tienen que ser probados.

Usted como columnista, ¿qué autocontroles personales aplica?

Me esmero mucho – y esto lo digo a título personal- en la objetividad. Todos tenemos unos niveles de objetividad. Pero me esmero mucho en ser lo más objetivo posible. Y como en una columna uno lo que está dando es una opinión, lo expreso muy claramente. O sea, no estoy simplemente trasladando hechos, no estoy cubriendo un incidente. Sino, de los incidentes de la semana, estoy tratando de sacar conclusiones y recomendaciones. Por ejemplo en la última columna yo le hago una recomendación al presidente Colom. Él ha anunciado que va a aumentar el número de efectivos militares, yo le propongo que es más necesario aumentar el número de efectivos policiales. Porque de hecho tenemos una policía absurdamente pequeña y débil frente al fenómeno de la violencia en el país. Y para la seguridad ciudadana, los calificados a hacerlo son las fuerzas civiles y no las fuerzas militares.

Localmente, en Colombia, los periodistas están un poco contra las cuerdas porque son demandados por calumnia e injuria no por funcionarios del Estado, pero sí por personas que ostentan mucho poder: pueden ser narcotraficantes o políticos. Hay en Colombia periodistas demandados penalmente por calumnia e injuria y periodistas llamados por la fiscalía como testigos, a rendir su testimonio acerca de declaraciones de las fuentes.

El periodista tiene, y esto también es un principio básico de la libertad de prensa, el privilegio de mantener la confidencialidad de sus fuentes. Eso sí es un principio. Al periodista lo puede citar la Fiscalía perfectamente, pero el o la periodista tiene también la potestad de decir que guarda la confidencialidad de sus fuentes. Si desea dar testimonio sobre algo que observó personalmente, lo puede hacer y es un aporte a la justicia, pero no necesariamente debe revelar sus fuentes y su información. Es como si llamaran al cura y le pidieran que revelara sus secretos de confesión. En un proceso penal a nadie se le ocurriría, y con la prensa tampoco habría que hacerlo.

En el delito de calumnia e injuria, en mi país por lo menos, una forma de resolverlo es demostrar que lo que uno dijo es cierto. Si lo que se expresa es una opinión, no hay por qué probarlo. La calumnia e injuria están vinculadas siempre a hechos delictivos. Si lo que plantea es que la otra persona cometió un delito, simple, es probar que ese delito se dio. En cuanto a las opiniones personales que uno pueda tener, sobre una gestión equivocada, ineficiente o una mala acción, en eso no debería haber límites y no debería constituir ningún delito.

El dilema al que se enfrentan algunos columnistas, específicamente en Colombia, es que no hay pruebas porque no ha existido investigación judicial, debido a una historia larga de impunidad. Y los testigos, localmente, no se atreven a testificar ante los juzgados.

Lo que tú planteas es la historia de toda América Latina. La impunidad tiene que ver con la historia de América Latina. Y sí yo creo que la libertad de expresión va muy vinculada al tema de la justicia, porque entre más justicia, más reglas de juego claras hay, y más libertad de expresión. No están directamente vinculadas, pero sí son parte del mismo fenómeno democrático. Creo que la impunidad es la que ha generado los grandes niveles de corrupción de nuestros regímenes. No hablo de ninguno en particular, sino de la historia de América Latina. Pero erradicar la impunidad es tal vez la prioridad más grande que tenemos en el continente.

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